Que Cursos Cuentan Para Sexenios?
César Cáceres
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La Comunidad de Madrid reconoce para sexenios los cursos realizados en su propia red de formación o en las instituciones que tengan suscrito un convenio de formación y cuyos cursos hayan sido expresamente aprobados por esta Consejería, como es el caso de ANPE-Madrid.
¿Cuántas horas de cursos para sexenios?
PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL ACUERDO DE SEXENIOS Y OTROS COMPLEMENTOS DE MEJORA SALARIAL FIRMADOS CON LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN PARA EL PROFESORADO CANARIO DE LOS CENTROS PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS. ¡NOVEDAD! Cálculo personalizado para conocer cuanto cobrarás en concepto de Sexenios Desde el STEC-IC hemos desarrollado un aplicativo para calcular cuanto te corresponderá cobrar en concepto de Sexenios desde enero de 2018 hasta la fecha prevista de jubilación.
- Accede a la información y realiza tu cálculo personalizado respecto a los Sexenios;
- Antes que nada… ¿Qué sindicatos han apoyado este Acuerdo? Todos los sindicatos más representativos del profesorado canario con presencia en la Mesa Sectorial, incluido –por supuesto- el STEC-IC;
Además, también lo han apoyado el resto de organizaciones sindicales con representación entre el profesorado. Aunque la negociación se ha llevado en Mesa Sectorial por los sindicatos más representativos, se ha contado siempre con el resto, realizando diversas reuniones de coordinación con los mismos y manteniéndolos permanentemente informados.
- Puede que alguien caiga en la tentación de intentar arrogarse búrdamente el éxito de este Acuerdo, pero es indudable que ha sido un trabajo colectivo;
- ¡La unión hace la fuerza! ¿Qué son los sexenios? Es un complemento retributivo de formación permanente comúnmente denominado “sexenios” que se cobra (por cada 6 años de docencia) en todas las Comunidades Autónomas del estado español y que en Canarias, en virtud del Acuerdo firmado por el STEC-IC y otras organizaciones sindicales, también se comenzará a cobrar;
¿Al cobrar los sexenios perderé los trienios o veré disminuida mi nómina en otros conceptos? No. En absoluto. El cobro de los sexenios u otros complementos contemplados en el Acuerdo, no afecta para nada a los trienios ni al resto de la nómina. El Acuerdo suscrito supondrá solo incrementos salariales, sin que las retribuciones actuales se vean disminuidas de forma alguna.
- ¿Cuándo comenzaremos a cobrar lo sexenios? El 1 de enero de 2018 ya comenzaremos a cobrar parte de los mismos;
- Se implantarán gradualmente durante un periodo transitorio de 5 años (2018-2022);
- ¿Hay un máximo de sexenios que puedo cobrar? Sí;
El máximo se fija en cinco sexenios lo que equivale a 30 años de servicio. ¿Qué requisitos tengo que cumplir para poder cobrar los sexenios? A 1 de enero de 2018 se reconocerá automáticamente a todos los docentes la antigüedad de servicio como docente, sin que tengan que aportar ningún requisito para el abono de los sexenios que le correspondan en función de su antigüedad.
A partir de dicha fecha, para obtener un nuevo sexenio los docentes tendrán que acreditar 100 horas de formación para cada nuevo sexenio o la parte proporcional de formación de los años que le falten para cumplir el nuevo sexenio.
Por ejemplo, si a la entrada en vigor del acuerdo, te faltara un año para cumplir un nuevo sexenio, solo tendrás que realizar 16,66 horas de formación en ese año. Soy interino/a. ¿Tengo también derecho a cobrar los sexenios? Sí. Los sexenios serán cobrados por todos los docentes de centros públicos no universitarios de Canarias.
¿Cómo es que la Consejería de Educación ha aceptado que los sexenios se reconozcan “automáticamente”, atendiendo solo a la antigüedad de los docentes? Porque el STEC-IC y el resto de organizaciones sindicales hemos insistido en ello para garantizar que nadie se quede fuera del Acuerdo.
Además, jurídicamente, es inaceptable que se solicite –para el cobro de este nuevo complemento- unos requisitos de formación u otro tipo con carácter retroactivo. ¿El requisito en otras Comunidades Autónomas es también de 100 horas de formación para cobrar cada sexenio? Efectivamente.
En la inmensa mayoría de las Comunidades Autónomas, el requisito para acceder a los sexenios es haber realizado 100 horas de formación en los 6 años. ¿Y las cantidades? ¿Son similares a las del resto de Comunidades Autónomas? Sí.
Aproximadamente, con este Acuerdo nos situaríamos en la media de lo que se cobra en el estado español en concepto de sexenios. ¿Los requisitos para cobrar los sexenios contemplados en este Acuerdo 2017 son los mismos que se exigían en el preacuerdo de sexenios de 2008, rechazado en referéndum por el profesorado de Canarias? No, en absoluto.
Los requisitos de 2008 contemplaban una elevada cantidad de contrapartidas a realizar por los docentes. De hecho, el propio Director General de Personal de la Consejería de Educación ha reconocido múltiples veces durante esta negociación que las contrapartidas exigidas en 2008 eran muchísimo mayores que los requisitos planteados en este acuerdo (reconocimiento automático y solo 100 horas de formación en 6 años para los nuevos sexenios).
Lo puedes comprobar fácilmente en la siguiente comparativa en pdf que hemos preparado. ¿Y qué tipo de formación es la que me vale para lograr cobrar los nuevos sexenios que vaya cumpliendo? Recuerda que para el tiempo ya trabajado hasta el 1 de enero de 2018 no tendrás que acreditar formación alguna.
- Respecto a los nuevos sexenios que vaya sumando por la antigüedad adquirida a partir de dicha fecha, la Consejería de Educación limitó bastante esta cuestión en su propuesta inicial;
- Sin embargo, se ha conseguido que, dentro de los límites legales, se amplíe al máximo el tipo de formación y las entidades que lo pueden certificar;
En el acuerdo definitivo, a firmar en breve, se concretará la cuestión, cuando se realice el estudio jurídico necesario para ello. Vale, todo eso está más o menos bien, pero… ¿Cuánto voy a cobrar por los sexenios? Una vez culminado el periodo transitorio de implantación (en 2022) todos los docentes cobrarán los sexenios atendiendo a las siguientes cantidades teniendo en cuenta que se abonarán en 14 pagas (es decir, que también se cobrarán junto con las pagas extras): ¿O sea, por ejemplo, que si tengo 4 sexenios, cuando estén totalmente implantados en 2022, cobraría 419 € más mensualmente? Efectivamente esa sería la cantidad que cobrarías mensualmente en 14 pagas en tu caso. En la columna “Acumulado” de la tabla anterior podrás comprobar la cantidad total a cobrar en función del número de sexenios que tengas. ¿Y cuando comenzaremos a cobrar esas cantidades en su totalidad? La implantación de los sexenios será progresiva en un plazo de 5 años (2018-2022).
Es decir, a partir de 2022 y los siguientes años hasta tu jubilación, sí cobrarás las cantidades completas que te correspondan, según el número de sexenios que tengas acumulados. ¿Y, mientras tanto, cuantos sexenios vamos a cobrar a partir de 2018 y los siguientes años hasta 2022? Durante el periodo transitorio de implantación (2018-2022), año a año se irá implantando un nuevo sexenio.
Así, todo el profesorado que le corresponda por antigüedad en 2018 cobrará el primer sexenio. En 2019, se cobrará el primer y segundo sexenio y así sucesivamente hasta que en 2022 todo el profesorado –que tenga la antigüedad requerida- cobrará ya los 5 sexenios completos.
- ¿Y durante ese periodo transitorio de implantación, hasta 2022, como se aplicarán los sexenios? Durante el periodo de implantación (2018-2022), las cantidades globales que se cobrarán por sexenios se distribuirán en función de la antigüedad de cada docente;
Se ha establecido un sistema de implantación “parcialmente” proporcional para garantizar que los docentes más veteranos, próximos a la jubilación, y que llevan muchos años con sus salarios mermados, se vean beneficiados aunque sea solo en parte, antes de jubilarse. De esta forma, la implantación se realizará atendiendo a las cantidades que se reflejan en la siguiente tabla: Como puedes comprobar, en 2022 ya todo el profesorado estaría cobrando las cantidades exactas que le correspondan en función de los sexenios que tenga acumulados. Pero… los qué tenemos poca antigüedad cobraremos al principio una cantidad algo baja por sexenios… Al principio se podría entender que sí, al igual que ocurre con los trienios, pero hay que entender que los sexenios es un complemento que cobrarás durante toda tu vida profesional y que las cantidades que cobres se irán incrementando notablemente cuando vayas adquiriendo mayor antigüedad como docente.
Por tanto, si sumas los totales que percibirás a lo largo de tu vida laboral, podrás observar que las cantidades son notablemente relevantes. Bueno, ¿y si pese a todo, no me interesara cobrar los sexenios? El cobro de los sexenios es “voluntario”.
Si no quieres realizar la formación requerida (100 horas en 6 años para los nuevos sexenios) o no quieres solicitar el nuevo sexenio cuando lo cumplas, no lo cobrarás aunque parece que la cuestión no tiene mucho sentido. Y… ¿qué otros complementos retributivos recoge el Acuerdo de mejora retributiva suscrito? El Acuerdo recoge otros nuevos complementos salariales que también incrementarán la nómina de gran parte del profesorado.
- En concreto, recoge un complemento por tutorías, complementos por ejercer determinados cargos de responsabilidad (Coordinación de Convivencia, Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales y Coordinación de TIC);
También se recoge un incremento del 5% mensual en el complemento de especial responsabilidad de los cargos directivos. ¿Cómo se cobrarían esos otros complementos? Se comenzarían a cobrar, de acuerdo con la siguiente tabla, en las cantidades y fechas señaladas: Vale, pero me gustaría conocer la “letra pequeña” del acuerdo… Lógico y desde el “minuto uno” publicamos toda la información de las negociaciones. Además, puedes conocer el texto completo del acuerdo firmado el pasado 1 de septiembre de 2017 y publicado el 26 de enero de 2018 en el BOC picando aquí. Otra duda… ¿Con este acuerdo significa que recuperamos todo el salario que hemos perdido en los últimos años y que ya no podremos reclamar? No, por supuesto.
Este acuerdo y el STEC-IC se lo ha dejado muy claro a la Administración reiteradamente, en ningún caso implica se pueda entender como incluidos los descuentos que el profesorado viene padeciendo en nómina desde el 2010, 5 ó 7% según cuerpo, ni la pérdida de poder adquisitivo debida al desfase entre los incrementos salariales y del IPC de los últimos 20 años.
Sin duda y ahora con mayor fuerza si cabe, el STEC-IC seguirá reivindicando, por todos los medios a nuestro alcance, la recuperación de esas cantidades injustamente sustraídas al profesorado. ¿Y el resto de cuestiones relativas a las condiciones laborales del profesorado que han empeorado en los últimos años? ¿La Consejería ha exigido que nos olvidemos de ellas? No, y si lo hubiera hecho no se habría aceptado.
Igualmente, desde el STEC-IC no admitimos que tan siquiera se llegue a insinuar que esta mejora retributiva, por sí sola, pueda suponer la mejora de la calidad del sistema educativo. Si de verdad se quiere mejorar los resultados académicos y la calidad del sistema, deben invertir, además, en otras medidas como reducción de ratios, reducción del horario lectivo y del de permanencia en el centro educativo (con especial incidencia en la demanda de vuelta a las 18 horas ), incremento de plantillas , eliminación del exceso de burocracia , etc, etc… El STEC-IC, con independencia de este acuerdo retributivo, seguirá exigiendo negociación inmediata sobre estas y otras reivindicaciones fundamentales.
¿Este Acuerdo de retribuciones implica algo más? Este acuerdo para la mejora de las retribuciones de los docentes no se vincula a nada más. Sin embargo, si es cierto que el mismo se enmarca dentro del ” Plan de Reconocimiento Profesional y Social del Profesorado “.
- En concreto, este acuerdo desarrolla el punto 6º de dicho Plan;
- Los otros 5 puntos previos del Plan, donde hay cosas que consideramos positivas y otras que no lo son en absoluto, tendrán que negociarse en próximas fechas;
Esperamos que en el desarrollo de esa negociación podamos obtener nuevas mejoras laborales para el profesorado canario. ¿Se ha mantenido la unidad sindical en la negociación? Con esfuerzo y trabajo así ha sido, demostrándose –una vez más- que solo la unidad sindical y del profesorado puede conseguir mejorar nuestras condiciones laborales y salariales.
- ¿Se va a realizar una consulta entre el profesorado para ratificar este Acuerdo retributivo? Pese a que el STEC-IC lo ha propuesto reiteradamente y de forma pública, no se alcanzó un consenso al respecto con el resto de organizaciones sindicales, como nos hubiera gustado;
Un última pregunta. ¿Porqué la Consejería de Educación ha propuesto ahora este Acuerdo de mejora retributiva? No es ningún “regalo”. La actualización salarial del profesorado canario es una demanda sobre la que llevamos insistiendo todos los sindicatos desde hace muchos años.
- Además, y lo que es muy importante, el Gobierno de Canarias y la Consejería de Educación, están obligados a mejorar las retribuciones de los docentes para poder cumplir la Ley Canaria de Educación que así lo establece;
Esta Ley, aprobada por el Parlamento de Canarias en 2014, fue fruto de una Iniciativa Legislativa Popular de la Comunidad Educativa que contó con el apoyo de más de 35. 000 firmas. El STEC-IC participó activamente en esa Iniciativa Legislativa Popular (ver información) hasta el punto de que dos miembros de nuestra organización formaron parte de las ocho que conformaron la promotora para recoger las firmas y presentarlas al Parlamento de Canarias.
- Además, otras organizaciones sindicales, AMPAS, Ayuntamientos, colectivos vecinales e infinidad de organizaciones sociales colaboraron también muy activamente;
- Por tanto, igual que la Ley Canaria de Educación fue fruto del trabajo de la ciudadanía canaria, este Acuerdo retributivo, derivado de la misma, podemos afirmar sin temor a equivocarnos, que es un logro del conjunto de la Comunidad Educativa;
Bien. Me han aclarado bastante, pero aún me quedan dudas sobre el Acuerdo… Lógico porque tiene cierta complicación. Puedes hacer todas tus consultas al STEC-IC mediante las vías que te resulten más cómodas… Personalmente en nuestros locales, por teléfono, a través de nuestras Redes Sociales ( Facebook , Twitter , Instagram ) o mediante comentarios en esta misma noticia de nuestra Web.
¿Cómo se cuentan los sexenios?
Un sexenio se cumple cada seis años de servicios prestados en la Administración Educativa.
¿Qué son los cursos para sexenios?
Es una retribución complementaria que se abona al personal docente funcionario de carrera, desde Octubre de 1992 cuando se cumplan dos requisitos: 6 años de servicio docente y suficientes créditos de formación. Fue creada en 1991, por acuerdo entre la Administración del Estado y los sindicatos de la enseñanza.
¿Cuántos créditos hacen falta para el sexenio?
¿ Cuántos créditos de formación se necesitan para perfeccionar un sexenio? Desde octubre de 1998, en que termino el periodo transitorio, se necesitan 10 créditos para que se reconozca un sexenio.
¿Cuánto te pagan por un sexenio?
Retribuciones docentes 2021.
MAESTROS | PROFESORES TÉCNICOS DE F. P Y MAESTROS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO | |
---|---|---|
SEXENIO 1º | 61,46 | 61,46 |
SEXENIO 2º | 77,52 | 77,52 |
SEXENIO 3º | 103,30 | 103,30 |
SEXENIO 4º | 141,35 | 141,35 |
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¿Cuántas horas de formación se necesita para un trienio?
Sexenios: – Requisitos para la consolidación: a) Estar en situación de servicio activo. b) Acreditar seis años de normal desarrollo de su actividad docente. c) Acreditar 60 horas de formación:
- Titulaciones de enseñanza universitaria de carácter oficial, de primer, segundo o tercer ciclo.
- Cursos de postgrado, títulos propios, cursos del programa de doctorado y otros cursos organizados por las Universidades andaluzas. Computan 60 horas máximo.
- Adquisición de una nueva especialidad. Computan 60 horas máximo.
- Otras actividades:
- Actividades de formación:
- Organizadas por el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, organizadas por otras instituciones públicas o entidades privadas. Computan 60 horas máximo.
- Realizadas fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía o las convocadas y organizadas por el Instituto Andaluz de Administración Pública.
- Integradas en un itinerario organizado y autorizado por la Consejería de Educación, realizadas en desarrollo del Bachillerato Internacional o dentro de Programas Europeos de Formación del Profesorado.
- Participando como miembro, computan 20 horas, coordinando, computan 30 horas, en Grupos de Trabajo, Programas Educativos Europeos Programas o Proyectos educativos y otras actividades análogas.
- Participación como profesor o profesora colaborador en actividades de formación organizadas por el Sistema Andaluz de Formación Perma- nente del Profesorado. Computan 30 horas.
- Actividades universitarias:
- Investigación, avalada y convocada por algún organismo de las Administraciones Públicas o por las Universidades.
- Docentes vinculadas a la Universidad. Computan 60 horas máximo. 20 horas por curso escolar.
- Participar en las ponencias que elaboran las pruebas de acceso a la Universidad.
- Ser tutor/a en el centro educativo del alumnado universitario en prácticas.
- Colaborar como tutor o tutora del alumnado en las prácticas conducen- tes al MAES o del período de prácticas de los funcionarios/as docentes.
- Otras actividades:
- Colaborar como tutora/or en Actividades realizadas con el alumnado y otros miembros de la Comunidad Educativa recogidas en el Plan de Centro. De 5 a 20 horas por curso escolar.
- Publicaciones educativas, con ISBN o ISSN y/o depósito legal. De 10 a 50 horas.
- Autonómica o Estatal. Hasta 50 horas.
- Prestar servicios en puestos con reserva de su destino docente, 10 horas por año.
- Premios o distinciones educativas otorgadas por una Admón. Local, Autonómica o Estatal.
- Actividades de formación:
Procedimiento de solicitud y documentación:
- Anexo I ORDEN de 28 de marzo de 2005. Portal docente.
- Original o copia debidamente autenticada de los documentos acreditativos.
- Funcionarios o funcionarias docentes con destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Andalucía procedentes de otras Comunidades Autónomas con diferente modelo retributivo, tendrán un plazo de tres meses para formalizar el reconocimiento de los sexenios.
Órgano competente del reconocimiento:
- la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación.
Versión en pdf .
¿Quién evalua los sexenios?
Es el reconocimiento de un tramo de investigación de seis años, que pueden ser o no consecutivos. Se solicita anualmente, en diciembre, durante el periodo abierto por la CNEAI (Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora). Se cumplimentará un formulario online donde se presentan cinco aportaciones elegidas por los solicitantes, publicadas en el tramo de seis años para el que se solicita el Sexenio.
Un tramo es un periodo investigador de seis años que pueden ser consecutivos o no. Los años han de ser naturales (comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre). Sólo las fracciones superiores a ocho meses se consideran como año natural.
No, los criterios específicos de calidad de la investigación cambian según el área de conocimiento. La CNEAI establece 11 campos temáticos, para cada uno de los cuales hay unos requisitos que marcan la calidad de la investigación. El solicitante decide bajo qué campo quiere que le evalúen.
Al margen de los criterios concretos de cada convocatoria y el área de conocimiento al que se opte, hay que tener en cuenta que sólo se valorarán publicaciones aceptadas, no se tendrán en cuenta documentos electrónicos del tipo “in press” o similar.
Además, para aquellas aportaciones publicadas en formato impreso y electrónico, se tomará para su evaluación la fecha del formato impreso. Sí. Pero debemos tener en cuenta que los años no incluidos quedan inhabilitados para construir un sexenio posterior.
Ej. Sexenio 2005, 2007, 2008, 2009, 2011, 2012 es posible, pero descarta los años 2006 y 2010 para futuros sexenios. El siguiente sexenio tendrá que construirse a partir de 2013. También es posible dejar años sin contar entre un tramo y otro.
En el ejemplo anterior, nos saltamos 2013 y el siguiente sexenio comienza en 2014. Tantos como se quiera hasta un máximo de seis. Sí, se pueden utilizar 3 años del tramo anteriormente solicitado y denegado (2009-2014). No, deberá esperar 3 años y solo podrá utilizar 3 años del tramo anteriormente solicitado y denegado.
No, podría solicitar sexenios en la convocatoria siguiente, pero debe recordar que tres de los años del sexenio rechazado han quedado inhabilitados para usarse en posteriores convocatorias. No se puede volver a presentar porque la aprobación del segundo sexenio (2011-2016) invalida el tramo anterior (2005-2010).
Sólo 3 años incluidos en el último sexenio solicitado, que, como deben pedirse en orden cronológico, será el que incluya el periodo más reciente. Excepcionalmente, podrán presentarse menos de cinco si los trabajos tienen una extraordinaria calidad y se demuestra fehacientemente que han tenido un alto impacto científico o técnico.
En general, se tiene en cuenta determinados indicadores más relacionados con el medio en el que se publica (posicionamiento en índices de impacto, calidad editorial, presencia en bases de datos internacionales relevantes en ese campo, etc), aunque siempre hay que indicar la aportación real al conocimiento de cada contribución.
El año siguiente a la obtención del Grado o Licenciatura ya puede incluirse para construir sexenios, siempre y cuando exista un contrato o certificado que acredite que el solicitante desarrolló una labor adscrita a la investigación. Esta vinculación debe ser al menos de 8 meses durante un año, para que éste pueda considerarse válido para construir un sexenio.
- Es criterio de la comisión CNEAI que evalúe si acepta o no la solicitud;
- En el caso de que no la acepten, el solicitante no pierde nada, porque se le declara “no evaluado” y por tanto no pierde convocatoria;
Puede usar esos años sin restricciones para la siguiente convocatoria. Sí, siempre que ese contrato o nombramiento especifique que el trabajo desarrollado fue de investigación y haya tenido una duración superior a ocho meses en un año. No, los años presentados en un sexenio que está aprobado ya no podrán incluirse en otro.
Por ejemplo, si se presentan artículos de 2009 a 2014, no se puede volver a presentar en la siguiente convocatoria otros artículos producidos en esos años. Debe elegir las mejores 5 publicaciones del tramo de seis años solicitados, porque después estos años ya no podrán repetirse.
La Comisión evaluadora tiene la obligación de buscar una alternativa dentro del curriculum del solicitante (de ahí la importancia de detallar el periodo que solicitamos como sexenio) en el caso de que descarte una publicación de las aportadas por el solicitante.
Otra cuestión es que no haya alternativa o que ninguna alternativa cumpla con los requisitos establecidos. Las cinco publicaciones presentadas deben haber sido publicadas durante el sexenio que se solicita, pero no tiene que haber una publicación todos los años y un año puede contar con más de una publicación.
Se puede solicitar la evaluación única de la actividad investigadora desarrollada hasta el 31 de diciembre de 1988 como tope, y si es la primera vez que se solicita un sexenio. La Comisión Nacional evaluará conjuntamente toda la actividad investigadora presentada y asignará los tramos que procedan.
En una solicitud distinta, puede solicitar sexenios para su producción posterior al periodo incluido en esa evaluación única. El periodo investigador sometido a evaluación única sólo podrá estar compuesto por años consecutivos y con actividad investigadora en todos ellos.
Si la evaluación es negativa, se pierden todos esos años sin que sea posible incluirlos en posteriores convocatorias. Cada trabajo se puntúa de 0 a 10, y se obtiene el sexenio si se consigue una valoración media de 6 puntos por cada una de las aportaciones.
¿Qué cuenta para los sexenios Andalucía?
Para consolidar un sexenio, además de los 6 años de normal desarrollo de la actividad docente, será preciso acreditar 100 horas de perfeccionamiento docente en actividades formativas de carácter obligatorio o voluntario.
¿Cuándo hay que pedir los sexenios?
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO DE UN NUEVO SEXENIO Normativa reguladora: ORDEN de 25 de abril de 2018 , sobre reconocimiento y abono de los sexenios, tutoría y PILE. Reconocimiento: a solicitud de la persona interesada ante la Dirección General de Personal (art.
- 4; párrafo 1º);
- Documentación: solicitud telemática por sede electrónica acompañada de original o copia autenticada de la documentación que acredite la realización de cien horas de actividades de formación (o su equivalente en créditos LRU o ECTS) exigidas para el reconocimiento del correspondiente sexenio (art;
4; párrafo 2º). Quienes tengan reconocido de oficio parte del periodo sexenal en curso, solo tendrán que acreditar la formación que corresponda a la parte proporcional de los años que le falten para completarlo (art. 4; párrafo 3º). Plazo de presentación: a partir de que se cumplan los requisitos y siempre antes del 31 de diciembre.
¿Cuánto se cobra por sexenio educación Andalucía?
Componentes del sueldo de maestros en Andalucía – Si trabajas como maestro de educación infantil o maestro de primaria en centros públicos andaluces, tu salario estará formado por los siguientes conceptos retributivos en 2021 :
- El sueldo base en sentido estricto, que se determina en función del grupo al que pertenece el puesto desempeñado, según la titulación exigida. En este caso, los maestros de infantil y primaria se integran en el grupo A2. Por tanto, según las tablas retributivas oficiales para Andalucía en 2021, su sueldo mensual será de 1. 050,06 euros.
- La antigüedad. Este factor dependerá del número de trienios y sexenios que hayas acumulado (que se devengan por cada tres o seis años de servicio). Para el grupo A2 de maestros, cada trienio supone 38,12 euros adicionales en tus retribuciones mensuales durante 2021. En cuanto a los sexenios, en 2021 supondrán una cuantía de:
- 74,94 euros para el primero
- 162,05 el segundo
- 273,89 el tercero
- 415,95 el cuarto
- 471,44 el quinto
- El complemento de destino , que se fija en 518,33 euros mensuales para 2021 (por el nivel 21).
- El componente básico del complemento específico , que es aquel complemento que cobran todos los maestros con independencia del cargo que desempeñen (salvo en el caso de los puestos de carácter singular). Su importe para Andalucía en 2021 es de 615,34 euros.
- En el caso del profesorado itinerante en la comunidad andaluza, habría que añadir un complemento de 70,55 euros al mes.
¿Cuánto es un sexenio en educación Andalucía?
Sexenio : se obtiene por cada seis años de trabajo en la Enseñanza Pú- blica (código 59).
¿Cuántos días hay en un sexenio?
Período de seis años.
¿Cuántos créditos se necesitan para cobrar un sexenio GVA?
Conselleria enviará al correo @ gva de los docentes que hayan completado sus 6 años un correo avisándoles tanto si ya le constan los 100 créditos necesarios para reconocer su sexenio, como si no le constan con el objetivo de que los interesados puedan presentar esa formación necesaria para el reconocimiento en tiempo y.
¿Cuántas horas de formación se necesita para un sexenio en Andalucía?
Para consolidar un sexenio, además de los 6 años de normal desarrollo de la actividad docente, será preciso acreditar 100 horas de perfeccionamiento docente en actividades formativas de carácter obligatorio o voluntario.
¿Cuántos créditos necesito para un sexenio GVA?
En breve Conselleria enviará al correo @ gva de los docentes que hayan completado sus 6 años un correo avisándoles tanto si les constan los 100 créditos necesarios para reconocer su sexenio, como si no les constan a Conselleria estos créditos y por lo tanto esa persona debe presentarlos.
¿Cómo solicitar sexenios educación Aragón?
En la Mesa Sectorial de hoy se nos ha informado como se va a tramitar el pago de los sexenios y los sexenios en prácticas. Hace unos días os informábamos de que CGT había conseguido, tras negociar en solitario con la Administración después de haber interpuesto contra el Departamento una demanda por prevaricación, que se pagasen sin pasar por tribunales.
- Un poco de memoria histórica;
- Esta situación se inicia en febrero de 2015 cuando CGT ganó la primera sentencia en Aragón, con caracter retroactivo, que confirmaba el derecho de los y las interinas a cobrar el complemento de formación, los llamados sexenios;
Desde ese mismo momento comenzamos una campaña para hacer extensiones de sentencia que a día de hoy nos ha llevado a ayudar a más de 1300 interinos e interinas a ganar vía judicial el derecho a cobrarlos. Pocos meses después ganamos la primera sentencia en Aragón para cobrar los sexenios durante el periodo de prácticas; en noviembre de 2015.
Esta sentencia no admitía la posiblidad de hacer extensiones por lo que iniciamos de nuevo el proceso perdiendo un primer juicio pero ganando el segundo juicio en octubre de 2019 y logrando, por segunda, vez la primera sentcncia: esta vez ya si con la posibilidad de hacer extensiones.
(2 meses antes de que Csif se marcase un «albert ribera» …maldita hemeroteca) Desenlace. CGT llevabamos mucho tiempo preparando, siguiendo los pasos marcados por nuestros servicios jurídicos, una demanda por delito de prevaricación contra responsables del Departamento de Educación por incumplir de manera sistemática y prolongada en el tiempo las resoluciones judiciales que reconocian el derecho a los y las interinas a cobrar los sexenios: por el camino se reconoció este derecho a los y las interinas del resto de las admnistraciones pública de Aragón, e incluso a los y las docentes de Religión.
- En abril con todo preparado dimos la orden a nuestra abogada para iniciar el proceso;
- El 30 de agosto presentamos la demanda;
- El día 31 en la reunión con la nueva Directora de Personal le anunciamos que ya estaba presentada la demanda;
Dos días después recibimos una llamada citándonos a una reunión, que se produjo el 2 de septiembre, donde se nos pidió retirar la demanda a cambio de pagar los sexenios de oficio. El jueves 9 de septiembre, tal y como habíamos acordado, Personal se puso en contacto con CGT para informar que el viernes siguiente se haría llegar a los Servicios Provinciales la instrucción oficial para dejar de denegar y recurrir las solicitudes de sexenios; tal y como habíamos acordado lo podíamos hacer público como fruto de la negociación a dos bandas…el resto son «historias» Como solicitarlo y en que situación están ahora las solicitudes y demandas Las nuevas solicitudes tienen que presentar un; EXPONE SOLICITA SEXENIO INTERINOS 2021 junto a
- Extracto de formación individual del mérito de participación en actividades de formación, ORIGINAL Y FIRMADO POR EL ORGANO CORRESPONDIENTE (no sirviendo el documento extraído de internet). Para conseguir tal extracto basta con presentar una solicitud en tal sentido en el Registro del Servicio Provincial correspondiente de Educación dirigido a Personal de Primaria o Secundaria según sea el caso.
- Hoja de servicios. Para conseguir esta documentación basta con presentar un solicitud en tal sentido en el Registro del Servicio Provincial correspondiente de Educación dirigido a Personal de Primaria o Secundaria según sea el caso.
Los sexenios en prácticas; EXPONE SOLICITA SEXENIO PRACTICAS 2021 Los que ya han presentado un expone y solicita con la hoja de servicios y de formación no tienen que hacer nada, les serán reconocidos. Los que han ido al siguiente paso y han presentado recurso de alzada si no han recibido respuesta que esperen que serán reconocidos. Los que han ido al siguiente paso y han presentado recurso de alzada y han recibido respuesta negativa nos recomiendan volver a inicar el proceso con un «expone y solicita».
También está la posibilidad de seguir con el proceso contencioso. Los que han no han recibido respuesta al recurso de alzada y han pasado los tres meses, silencio administrativo, nos recomiendan volver a inicar el proceso con un «expone y solicita»,.
También está la posibilidad de seguir con el proceso contencioso. En estos dos casos, ante la duda la Administración nos recomienda volver a comenzar…y piden paciencia porqué hay cientos de solicitudes paralizadas desde junio que les anunciamos la intención de presentar la denuncia si no se ponía fin a esta situación.
Desde nuestro gabinete jurídico entienden que tras el silencio administrativo lo que cabe es seguir el contencioso no volver al expone y solicita. Ante esta apreciación la administración nos refiere que no van a poner ninguna traba.
Los que tras recibir respuesta negativa al recurso de alzada y han iniciado el contencioso administrativo tienen que seguir adelante con el proceso. Ahora el problema viene en el tiempo para recibir la retribución correspondiente. Hasta ahora por resolución judicial se tenía que pagar de una sola vez.
En Función Pública según nos informan es en cuatro ejercicios (10% el primer año y 30% los otros tres años). Educación nos dice que van a solicitar que sea en dos al 50% cada curso. Los sindicatos pedimos el 100% tal y como sentencian los tribunales.
Aún falta que se regule la Orden para empezar a proceder con los pagos, se está a la espera de esot último.