Cursos Que Puntúan Para Celador?
César Cáceres
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¿Qué cursos puntúan para la categoría de Celador del Servicio Gallego de Salud (SERGAS)? Para las vigentes listas de contratación temporal de la categoría Celador del SERGAS, debemos tener en cuenta el baremo de méritos de la última oposición de dicha categoría. En efecto, así lo dispone el apartado II. 2 del Pacto de vinculaciones temporales. Pues bien, la última convocatoria de oposición para la categoría Celador del Sergas se ha publicado, en el DOG nº 51 de 13 de marzo, mediante la Resolución de 1 de marzo de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos (clic AQUÍ ). Por lo tanto, según el baremo de la Resolución de 1 de marzo de 2018 , serían puntuables los cursos con los siguientes requisitos :
- Cursos avalados u homologados por cualquier organismo público.
- O cursos convocados por Universidades (públicas o privadas)
- Cursos cuyo contenido esté relacionado con las funciones propias de la categoría y que estén dirigidos directamente a la categoría a que se opta
¿Qué cursos serían puntuables para Celador? Teniendo en cuenta:
- Las funciones de los Celadores , expuestas en el artículo 14. 2 del Estatuto de personal no sanitario aprobado por la Orden de 5 de julio de 1971, que continúa vigente para las funciones, a tenor del apartado 1. b de la Disposición transitoria sexta de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario (clic AQUÍ ).
- El temario de la última oposición de Celador, donde se especifican los conocimientos exigidos a dicha categoría por formar parte de su trabajo.
Serían baremables, entre otros, los cursos de:
- Informática
- Protección de datos de carácter personal
- Prevención de riesgos laborales
- Violencia de Género
- Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres
- Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud
¿Qué cursos sabemos que siempre se valorarán?
- Los cursos de igualdad entre mujeres y hombres y en prevención y lucha contra la violencia de género, sin límite de puntos.
¿Cuántos puntos se obtienen, como máximo, con los cursos de formación?
- 12 puntos
¿Cuántos puntos se consiguen por cada hora de formación de un curso? 0,045 puntos por cada hora de formación. Es decir, por ejemplo, por un curso de 90 horas obtendremos 4,05 puntos. ¿Cuántos puntos se consiguen por cada crédito de formación de un curso? 0,45 puntos por cada crédito de formación. Es decir, por ejemplo, por un curso de 4 créditos obtendremos 1,8 puntos.
¿ Cuántos puntos se consiguen si en un diploma figurán horas y créditos? Para el caso de los certificados que indiquen créditos y horas de formación, la valoración se realizará siempre por los créditos.
Es decir, por ejemplo, por un curso de 100 horas y 4 créditos obtendremos 1,8 puntos. ¿Hay algun tope para los cursos de formación para Celador ? Si , conseguiremos un máximo de 6 puntos por los siguientes tipos de cursos: prevención de riesgos, informática, gestión clínica, bioestadística y metodología de la investigación. Por lo tanto, podemos ayudarte con cursos homologados por los organismos públicos de la Universidad Pública Rey Juan Carlos, la Universidad Antonio de Nebrija y la Academia Gallega de Seguridad Pública, como los siguientes: Cursos propios para la categoría
- Funciones del celador en el bloque quirúrgico (50 horas) (Universidad Antonio de Nebrija) – 2 créditos ECTS
- Movilización de pacientes y prevención de lesiones músculo-esqueléticas (50 horas – 2 créditos ECTS)
Cursos de informática
- Curso básico de Writer (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso básico de Calc (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso completo de Writer (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso completo de Calc (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso completo de PowerPoint 2013-2016 (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso básico de Excel (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso avanzado de Excel (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso completo de Excel (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso básico de Word (Universidad Antonio de Nebrija)
- Cursos de organización y simplificación de tareas ofimáticas con LibreOffice (Universidad Antonio de Nebrija)
- Cursos de organización y simplificación de tareas ofimáticas con Microsoft Office (Universidad Antonio de Nebrija)
Cursos de legislación
- Protección de datos de carácter personal en las Administraciones Públicas (Universidad de Miguel de Cervantes)
- Constitución Española de 1978 (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso básico de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito sanitario (Universidad Antonio de Nebrija)
- Protección de datos de carácter personal (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso de violencia de género (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso de igualdad de oportunidades (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso básico de Prevención de Riesgos Laborales (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso básico de Protección de datos de carácter personal (Universidad Antonio de Nebrija)
- Curso completo de protección de datos de carácter personal (Universidad Antonio de Nebrija)
¿Cuántos créditos se necesitan para celador?
FORMACIÓN MÁXIMO 7 PUNTOS | EXPERIENCIA PROFESIONAL MÁXIMO 21 PUNTOS |
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Créditos ECTS: créditos señalados, si no vienen los créditos 1 crédito = 25 horas = 0,25 puntos | Coordinación y dirección en programas de cooperación internacional o ayuda humanitaria en el ámbito de la Salud 1 mes = 0,05 puntos |
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¿Cuántas horas de cursos para celador?
Te explicamos a continuación el tiempo de duración de la Formación Profesional para titularte como Celador Sanitario: – El Curso de Celador Sanitario, tiene una duración de 250 horas. Y se imparte a distancia desde cualquier lugar y en cualquier momento.
¿Qué cursos valen para el SAS?
¿Cuánto gana un celador de un hospital?
Salario base de un celador – El salario base de un celador se mueve entre los 600 y los 700 euros según la comunidad autónoma. Es muy poco como base, pero como a todos los funcionarios, este salario crece con una serie de complementos que entran por defecto.
Entre ellos está por ejemplo las fijas (complemento de destino, complemento específico y complemento de productividad fija) y otras variables (complemento de productividad, complemento por atención continuada y complemento de carrera).
Todo ello hace que un celador cobre de base en torno a los 950 euros y los 1. 000 en función de la región. Una suma a la que después se añaden antigüedad, contada por trienios, lo que puede elevar los sueldos hasta los 1. 200 euros. También hay que tener en cuenta los turnos de noche, que pueden elevar aún más la nómina de base, por lo que como vemos, aquellos 600 euros iniciales quedan muy lejos en el salario real de un celador.
¿Cómo se puntua el examen de celador?
Fase de oposición – Como acabamos de explicar, la fase de oposición es aquella en la que deberás demostrar tu valía y todo lo que has aprendido acerca de esta especialidad para, una vez obtengas tu plaza fija, garantizar que ejercerás la profesión de la mejor manera posible. En esta ocasión está compuesta por dos pruebas distintas en las que te evaluarán del temario oficial de las oposiciones de celador SAS :
- Un cuestionario teórico , compuesto por 100 preguntas tipo test (más 3 de reserva), cada una con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será correcta. La puntuación máxima de este ejercicio es de 50 puntos, teniendo en cuenta que los errores te descontarán una cuarta parte del valor de un acierto.
- Un cuestionario práctico , compuesto por 50 preguntas tipo test, cada una con 4 respuestas alternativas, adecuado a las funciones propias de la categoría a la que se aspira y relacionado con el programa de materias. La puntuación máxima de esta parte es también de 50 puntos, con el mismo sistema de valoración para las respuestas erróneas.
La fase de oposición del examen de celador SAS de 2022 tiene carácter eliminatorio , por lo que deberás superarlo para poder tener acceso a la siguiente parte del proceso de selección.
¿Cómo obtener el título de celador?
Cómo trabajar de celador sanitario – Habitualmente, cuando visitas un hospital te encuentras a profesionales de aquí para allá, trasladando enfermos, llevando sillas de ruedas o camillas, llevando documentos y expedientes de planta en planta. Ese profesional es el celador.
Para trabajar como celador se deben superar las oposiciones que convocan los servicios de salud autonómicos. Esta profesión te convierte en funcionario con todas sus ventajas si superas con éxito las oposiciones de celador.
Las oposiciones de celadores se convocan anualmente por los servicios de salud de las comunidades autónomas con gran cantidad de plazas. Los celadores son personal no sanitario al servicio de las Instituciones Sanitarias y tienen unas funciones muy claras que suelen convertir el trabajo de celador en un empleo gratificante.
- Los celadores se encargan de tramitar las comunicaciones verbales, documentos u objetos, e incluso de trasladar de unos servicios a otros aparatos o mobiliario, se encargarán también por velar por el orden y el silencio, vigilarán el acceso y estancia de familiares y visitantes en las habitaciones de los enfermos;
También, velarán por la conservación de las instalaciones y tendrán a su cargo el traslado de enfermos. Para aprobar las oposiciones de celador , se deben estudiar una serie de temas relacionados con dicha labor y el trabajo en una institución sanitaria.
- Entre todo ese aprendizaje, el futuro celador deberá aprender determinadas técnicas de movilización de pacientes ya que pueden ser la clave de su trabajo;
- Dichas técnicas de movilización van desde normas generales de elevación de cargas a la movilización de pacientes con grúas o el transporte en silla de ruedas o camilla;
Si trabajar ayudando a los demás dentro de un hospital es tu vocación, prepara oposiciones de celador. Busca una academia para preparar oposiciones que se adecué a tus necesidades y apuesta por ti como funcionario. Consigue un trabajo para toda la vida, gratificante, de servicio al paciente.
¿Cuánto vale el curso de celador sanitario?
Precio de un curso de celador sanitario: de qué depende – Como verás, no es posible desarrollar esta profesión sin una formación adecuada. Actualmente en España no hay un programa reglado específico para obtener la titulación , pero sí muchas opciones que te proporcionarán todos los conocimientos necesarios.
- Gracias a ellas podrás trabajar en centros sanitarios privados o públicos, si superas la correspondiente oposición;
- En general, el precio de un curso de celador sanitario de 250 horas parte de unos 90 euros;
Si el curso incluye más módulos y más horas, por ejemplo añadiendo un curso de primeros auxilios , el precio aumentará en correspondencia. Un consejo: merece la pena pagar algo más por un buen Curso de Celador Sanitario, y más si incluye prácticas en empresas.
Tanto si quieres trabajar en el sector privado como si vas a preparar unas oposiciones, las horas de prácticas que realices serán un plus para tu futura contratación. ¿Qué otras cosas debería incluir la formación? Apunta: deberás aprender técnicas de atención al público en centros sanitarios, métodos y protocolos de transporte y movilización de pacientes , técnicas de apoyo a los profesionales sanitarios y prevención de riesgos laborales.
Si además tienes la posibilidad de aprender o mejorar tus conocimientos en algún idioma (sobre todo, el inglés), tu currículum se enriquecerá y mejorarán tus expectativas.
¿Qué cobra un celador de quirófano?
Sueldo celador: componentes retributivos – En la sanidad pública, el sueldo de Celador está formado por los siguientes conceptos retributivos principales :
- El sueldo base , en sentido estricto. Este componente viene determinado por el grupo al que pertenece el empleado público. Como sabes, los Celadores se enmarcan en las Agrupaciones Profesionales sin Titulación (antiguo grupo E). Por tanto, para 2021-2022, les corresponde un sueldo base mensual de 582,11 euros (6.
- La antigüedad. Cada tres años de servicio cumplidos, devengarás un trienio, lo que implica cobrar 14,32 euros más cada mes (según los importes vigentes en 2021). Así, una Celadora con seis trienios (18 años de servicio), cobraría 85,92 euros en concepto de antigüedad.
- El complemento de destino , que viene condicionado por el nivel que tenga atribuido el puesto que desempeñes. En el caso de los puestos de Celadora, el mínimo posible es el nivel 7 y el máximo el 14. Por tanto, económicamente va a oscilar entre los 192,65 y los 323,74 euros mensuales.
- El complemento específico , que retribuye el nivel de dedicación, responsabilidad o dificultad de cada puesto concreto de Celadora. Por poner un ejemplo, en el Servicio de Salud de Castilla y León, este complemento oscila entre los 43,87 y los 63,10 euros mensuales, en la mayoría de casos.
- La productividad, en función de tu rendimiento, el cumplimiento de objetivos en el área o unidad, etc.
Aunque puede haber otros complementos del sueldo de Celador , estos son los conceptos retributivos más importantes. En todo caso, recuerda que también tendrás derecho a percibir dos pagas extraordinarias al año (en junio y diciembre), por el importe de sueldo y complementos que indica la ley.
¿Cuándo es el examen de celador 2022?
Publicada la Resolución de 20 de enero de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se anuncia el lugar, fecha y hora de realización de los ejercicios en que consiste la fase de oposición, correspondiente al proceso selectivo por el sistema de acceso libre de la categoría de Celador/a, convocado mediante Resolución de 7 de octubre de 2021.
La fase de oposición por el sistema de acceso libre de la categoría de Celador/a, consistente en la realización de las dos pruebas previstas en la base general 2. 1, se celebrará el día 30 de enero de 2022, a las 9:00 horas.
Pincha aquí para ver la Resolución.
¿Cuántas horas trabaja un celador en un hospital?
RESOLUCIÓN DE 28 DE FEBRERO DE 2012, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE JORNADA DE TRABAJO, HORARIOS Y TURNOS EN EL ÁMBITO DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD. RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se dictan instrucciones sobre jornada de trabajo, horarios y turnos en el ámbito del Servicio Madrileño de Salud.
( ) I La disposición adicional primera de la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, relativa a la reordenación del tiempo de trabajo de los empleados públicos, establece en su primer apartado una jornada ordinaria de 37 horas y 30 minutos para el conjunto de empleados del sector público madrileño, sin perjuicio de las jornadas especiales, las cuales experimentarán las adaptaciones necesarias para adecuarse a la modificación general en la jornada ordinaria, habilitando al Servicio Madrileño de Salud a dictar las instrucciones necesarias para adecuar los horarios vigentes en los centros en los que esta medida sea de aplicación, previa negociación en el seno de la Mesa Sectorial del Personal de las Instituciones Sanitarias Públicas del Servicio Madrileño de Salud.
A estos efectos, cabe señalar que, en igual sentido de la disposición adicional primera de la Ley 6/2011, se ha pronunciado, para el ámbito de la Administración General del Estado y su Sector Público, el artículo 4 del Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de Medidas Urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
II Las presentes Instrucciones se dictan para ejecutar el mandato contenido en la citada disposición adicional, y con el fin de establecer criterios homogéneos en todas las Instituciones Sanitarias adscritas al Servicio Madrileño de Salud, sin perjuicio de la capacidad organizativa que corresponde tanto a las Gerencias de hospitales, como a la Gerencia de Atención Primaria y a la del SUMMA 112.
Tiene como destinatarios al personal estatutario, funcionario, laboral transferido a la Comunidad de Madrid, y personal laboral con relación laboral especial de residencia, no incluido en el ámbito del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid, que presta servicios en las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid, y extenderá su vigencia hasta que sea sustituida por otras instrucciones o por una disposición legal o convencional que afecte a su contenido.
Estas instrucciones se ciñen de manera estricta a la habilitación conferida por la citada disposición adicional, de modo que se orienta en esencia a la determinación de las condiciones de aplicación de dicho incremento de la jornada, sin entrar a regular otros aspectos adicionales relativos a los tipos de jornada, forma de cumplimiento y demás cuestiones que, respecto a la prestación de sus servicios por parte de los empleados públicos, se encuentran detallados en regulaciones anteriores.
Se trata, por consiguiente, de fijar unas instrucciones generales para la organización de los servicios en atención al nuevo marco establecido por la disposición adicional primera de la Ley 6/2011, y de acuerdo, en todo caso con la capacidad de organización y dirección inherente a las Administraciones Públicas.
III De conformidad con lo previsto en la citada disposición adicional primera de la Ley 6/2011, las medidas contenidas en las presentes Instrucciones han sido negociadas en el ámbito de la Mesa Sectorial del Servicio Madrileño de Salud, en sus reuniones de fecha 29 de diciembre de 2011, y de 25 de enero, 20 y 23 de febrero de 2012, habiendo llegado a Acuerdo con las organizaciones sindicales SATSE, AMYTS y USAE en la reunión de la Mesa Sectorial del día 23 de febrero de 2012.
IV En su virtud, esta Dirección General, previo acuerdo con las organizaciones sindicales en el ámbito de la Mesa Sectorial del Servicio Madrileño de Salud, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición adicional primera de la Ley 6/2011 y en el artículo 10 del Decreto 23/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud, dicta las siguientes: INSTRUCCIONES Primera.
– Objeto Las presentes Instrucciones tienen por objeto asegurar la efectiva y homogénea aplicación en el Servicio Madrileño de Salud, de la nueva duración de la jornada de los empleados públicos fijada por la disposición adicional primera de la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, adecuando el promedio semanal de treinta y siete horas y media, a la organización de los servicios públicos prestados por el personal del Servicio Madrileño de Salud, así como a la organización del trabajo establecida.
Segunda. – Ámbito de aplicación Las presentes Instrucciones serán de aplicación al personal que presta servicios en las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud que a continuación se detalla: 1. Personal estatutario. Personal funcionario. Personal laboral transferido a la Comunidad de Madrid.
Personal laboral con relación laboral especial de residencia, no incluido en el ámbito del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid. Tercera. – Jornada de trabajo 1. Jornada laboral efectiva ordinaria.
La jornada laboral efectiva ordinaria del personal incluido en el ámbito de aplicación de las presentes Instrucciones será, con carácter general, de 37 horas y media de promedio semanal, quedando fijada en cómputo anual en el número de horas efectivas de trabajo siguientes: a) Turno diurno: 1.
645 horas. b) Turno nocturno: 1. 470 horas. c) Turno rotatorio: 1. 530 horas con 42 noches efectivas de trabajo, o la ponderación que en su caso corresponda. Jornada laboral efectiva de los Servicios de Atención Rural (SAR).
La jornada laboral efectiva del personal con nombramiento en los SAR de Atención Primaria, queda fijada en 1. 536 horas efectivas de trabajo en cómputo anual. Jornada laboral efectiva de los profesionales del SUMMA 112. La jornada laboral efectiva de los profesionales que prestan servicios en todos los dispositivos asistenciales del SUMMA 112, y en concreto en el Centro Coordinador de Urgencias (CCU), Centro de Urgencia Extrahospitalaria (CUE), Unidades de Atención Domiciliaria (UAD), Servicios de Urgencia de Atención Primaria (SUAP), Vehículos de Intervención Rápida (VIR) y Unidades de Vigilancia Intensiva (UVI) móviles, queda fijada en 1.
- 536 horas efectivas de trabajo en cómputo anual;
- Cuarta;
- – Turnos de trabajo El personal incluido en el ámbito de aplicación de las presentes Instrucciones realizará la jornada en los siguientes turnos: 1;
Turno diurno: El turno diurno es el que se realiza entre las 8. 00 horas y las 22. 00 horas, ya sea en horario de mañana, de tarde, o de mañana y tarde. El horario de mañana será con carácter general el comprendido entre las 8. 00 horas y las 15. 00 horas y el de tarde entre las 15.
- 00 horas y las 22;
- 00 horas, sin perjuicio de la organización del turno diurno en otros horarios y del establecido en determinados centros asistenciales, donde el horario diurno se comprende entre las 8;
00 y las 15. 00 horas y las 14. 00 y las 21. 00 horas. Con carácter general, este turno supondrá la realización de 7 horas diarias de trabajo, durante cinco días a la semana, debiendo completarse la jornada anual con el trabajo efectivo que, con periodicidad al menos semestral, se establezca, teniendo en cuenta la programación funcional y la organización de trabajo de cada centro.
Turno nocturno: El turno nocturno es el que se inicia a las 22. 00 horas y finaliza a las 8. 00 horas del día siguiente. Turno rotatorio: El turno rotatorio es el régimen de trabajo en el que la jornada ordinaria se realiza a través de turnos diurnos y nocturnos.
A efectos de la ponderación de la jornada, debe incluirse siempre el turno de noche. En este caso, la prestación de servicios podrá realizarse en horario de mañana y noche, en el de tarde y noche, y en el horario de mañana, tarde y noche, es decir, incluyendo siempre el turno de noche en cualquier sistema.
- Quinta;
- – Organización para el cumplimiento de la jornada en los centros Los Gerentes de hospitales, el Gerente del SUMMA 112, y el Gerente de Atención Primaria a través de los Directores de Centro de Salud de Atención Primaria, dentro de la capacidad organizativa que les corresponde, deberán establecer la programación funcional que permita el cumplimento de la jornada legalmente establecida, respetando, en todo caso, los descansos establecidos en los artículos 51, 52 y 54 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud;
Profesionales que prestan servicios en atención hospitalaria. a) Personal en turno diurno: 1. º Personal que realiza guardias: A efectos del cómputo de la jornada anual, el personal que realice guardias podrá completar dicha jornada ordinaria de lunes a viernes con cargo a las horas de guardia que tenga programadas.
º Personal que realiza prolongaciones de jornada por realización de programas especiales: A efectos del cómputo de la jornada anual, este personal podrá completar dicha jornada con el cómputo de las horas de prolongación de jornada realizadas de lunes a viernes con cargo a los mencionados programas.
º Personal facultativo mayor de 55 años con exención de guardias: A los efectos del cómputo de la jornada anual, este personal podrá completar dicha jornada con el cómputo de las horas que realicen como módulos de atención continuada de tarde. º Personal que realiza exceso de jornada: A los efectos del cómputo de la jornada anual, este personal podrá completar dicha jornada con el cómputo de las horas que realicen por este concepto.
º Personal que no realiza guardias ni participa en programas especiales: Este personal podrá completar dicha jornada de lunes a viernes con la realización de módulos en distinto horario al que está adscrito.
A estos efectos, podrán programarse módulos semanales, mensuales o trimestrales, o cualquier otra programación que estimen necesaria los Gerentes para facilitar el cumplimiento de la jornada. º Personal laboral en formación mediante el sistema de residencia: A los efectos del cómputo de la jornada efectiva anual que debe realizar este personal, y teniendo en cuenta la relación laboral especial de residencia, que obliga simultáneamente a recibir una formación y a prestar un trabajo que permitan al especialista en formación adquirir las competencias profesionales, podrán programarse módulos de actividad en la jornada de lunes a viernes, en los que, dentro de sus programas formativos, se podrá realizar sesiones clínicas, actividad formativa, investigadora y asistencial, dedicando a cada una de dichas actividades un 25 por 100 de las horas comprendidas en dichos módulos de actividad.
b) Personal en turno nocturno: El personal que realice turno fijo nocturno deberá cumplir la jornada anual establecida con la realización del trabajo efectivo en 147 noches al año. c) Personal en turno rotatorio: El personal que realice turnos rotatorios deberá cumplir la jornada anual establecida según la ponderación de la misma que corresponda, atendiendo al número de noches realmente realizadas.
Profesionales que prestan servicios en atención primaria. El Director de Centro de Salud, en coordinación con el Responsable de Enfermería para su personal, y en uso de la capacidad organizativa que le corresponde, podrá establecer la programación funcional de su centro, de lunes a viernes, con objeto del cumplimiento de la jornada legalmente establecida, mediante la implantación de módulos de actividad a realizar en jornada ordinaria.
Profesionales que prestan servicios en el SUMMA 112. El Gerente del SUMMA 112, dentro de la capacidad organizativa que le corresponde, podrá establecer la programación funcional en todos los dispositivos asistenciales contemplados en la instrucción tercera, apartado 3, para el cumplimiento de la jornada anual establecida, conforme a los módulos actuales de 12 y 24 horas.
Sexta. – Jornadas reducidas El personal incluido en el ámbito de aplicación de las presentes Instrucciones, y al que se le haya concedido una reducción de jornada en los supuestos establecidos en la normativa vigente, deberá realizar la nueva jornada que le corresponda, aplicando el porcentaje de reducción concedido.
Séptima. – Seguimiento de la aplicación de la jornada Las Gerencias de los Centros Hospitalarios, SUMMA 112, así como los Directores de Centro de Salud a través de la Gerencia Única de Atención Primaria, comunicarán con carácter mensual a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud mediante el procedimiento que al efecto se establezca, los datos correspondientes al cumplimiento de la jornada objeto de las presentes Instrucciones.
Octava. – Entrada en vigor Las presentes Instrucciones entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2012.
¿Qué se necesita para las oposiciones de celador?
¿Qué se necesita para ser celador en el SAS?
Requisitos para ser Celador – Para presentarse a las oposiciones de celador hay que reunir los siguientes requisitos:
- Nacionalidad Española o de la UE.
- 16 años de edad.
- Certificado de escolaridad o equivalente.
- No padecer enfermedad o incapacidad con las funciones del puesto.