Cursos Inem Que Te Pagan Por Estudiar?
César Cáceres
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Cursos INEM que te pagan por estudiar – Los cursos INEM que te pagan por estudiar son aquellos que se solicitan de la mano con una ayuda económica. Es decir, deberás solicitar un subsidio ya sea por encontrarte en situación de paro, desempleo, carga familiar o discapacidad para poder tener mensualmente un ingreso que te ayuda a cubrir los gastos básicos.
¿Cuántos cursos del INEM se pueden hacer a la vez?
¿Cuántos cursos puedo hacer? – Tantos como desee, con el único límite máximo de horas que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) permite a cada participante hacer según el plan. Una persona puede participar en varios planes, y por tanto sumar el máximo de horas en todos ellos.
- Por ejemplo, puede hacer hasta 180 horas en el plan de ocupados y hasta 120 en el Plan de transformación digital, en total 300 horas entre los dos planes;
- A ello podría sumar la formación autonómica si tiene oferta en su Comunidad Autónoma;
Actualmente contamos con planes estatales y autonómicos. Los planes estatales son:.
¿Qué pasa si abandonas un curso del INEM?
COBRO EL PARO, ¿QUÉ OCURRE SI RECHAZO UNA OFERTA DE EMPLEO O UN CURSO DE FORMACIÓN ALEGANDO QUE ESTUDIO O QUE CUIDO DE MI HIJO/A? – Estar estudiando o tener hijos o hijas menores no son causas que justifiquen el rechazo de ofertas de empleo o cursos de formación.
Si usted es una persona beneficiaria de prestaciones, una de sus obligaciones es buscar activamente empleo y cumplir las exigencias del compromiso de actividad que se incluye en la solicitud de su prestación.
El SEPE lanza 15 nuevos cursos de formación gratuitos
El citado compromiso comprende aceptar colocaciones adecuadas y participar en acciones que aumenten sus posibilidades de colocación (la formación profesional entre ellas). El rechazo de una oferta de empleo adecuada o de un curso de formación, sin causa justificada, está considerado como infracción grave de las personas beneficiarias y solicitantes de prestaciones.
Dicha infracción se sanciona con la pérdida de la prestación tres meses la primera vez, seis meses si se reincide una segunda vez y con la extinción de la prestación si hay una tercera vez. Es obligatorio justificar la búsqueda activa de empleo y la participación en las acciones de mejora de la ocupabilidad que se correspondan con su profesión habitual o sus aptitudes formativas, según lo determinado en el itinerario de inserción.
No obstante, será voluntaria para las personas beneficiarias de prestaciones contributivas durante los treinta primeros días de percepción, y la no participación en las mismas, no conllevará sanción. Más información en: Obligaciones, infracciones y sanciones .