Como Entrar A Los Cursos Virtuales Del Sena?

Como Entrar A Los Cursos Virtuales Del Sena
Para que el aprendiz acceda a la plataforma LMS Territorium, es necesario ingresar a la URL: www. senavirtual. edu. co y luego hacer clic en el botón ‘Ingresar a cursos’ de la sección ‘Acceso a Cursos’.

¿Cómo ver los cursos del SENA?

Cómo ver qué cursos SENA disponibles hay – Si quiere saber qué cursos SENA hay disponibles de una temática en concreto como por ejemplo veterinaria, administración de empresas etc, tiene que seguir los pasos que le detallamos a continuación sobre buscar los cursos que tiene el sena Acceda al buscador oficial de cursos del SENA y escriba la palabra de la temática de lo que le gustaría estudiar: veterinaria, medicina, cocina… Selecciona el tipo de formación: carreras técnicas, cursos cortos, formación virtual… Si no sabe qué tipo de formación prefiere, seleccione todos los tipos.

Puede seleccionar la ciudad dónde busca los cursos del Sena o dejarla sin marcas de modo que le aparecerán todas las ciudades disponibles. Elija el curso sena que prefiera y consulte toda la información.

Esta información sólo estará disponible en las fechas que este abierta la inscripción de los cursos.

¿Cómo saber si aprobé el curso virtual del SENA?

En la parte inferior de la pantalla ubique el botón ‘Aprobar’, haga clic sobre éste para aprobar el programa de formación. El sistema cambia el estado del programa de formación a ‘APROBADO’. El sistema informará que el programa de formación ha sido aprobado exitosamente.

¿Cómo funciona la plataforma virtual del SENA?

Bogotá D. Esta formación complementaria les permite a los colombianos ampliar sus conocimientos y competencias técnicas. El SENA le brinda la posibilidad de complementar y actualizar sus conocimientos desde cualquier parte del mundo. ​El SENA cuenta con programas de Formación Complementaria, que aumentan la competitividad y productividad en diferentes campos laborales.

Actualmente la Entidad cuenta con más de 250 cursos cortos que tienen una duración de 40 horas, es decir un mes de formación. Al respecto, el director de formación profesional del SENA, Farid Figueroa, dijo “Se trata de una oportunidad virtual para que las personas adquieran el conocimiento de su interés, relacionado con un campo laboral.

Esta es pertinente para actualizar las competencias actuales o para empezar en un campo de conocimiento nuevo. ”   Las inscripciones a estos cursos están disponibles durante todo el año, teniendo en cuenta la demanda de cada uno de los cursos cortos virtuales.

  1. Los colombianos que se registren iniciarán su formación en orden de inscripción y al terminar el curso obtendrán un certificado del SENA;
  2. Dentro de la oferta actual se encuentran temas relacionados con gestión organizacional, contabilidad y finanzas, ofimática, gestión documental y pedagogía, entre otros con cursos;

Así mismo, de liderazgo, servicio al cliente, teletrabajo, análisis financiero, microfinanzas, manejo de Excel, power point y Word y el uso de las TIC en la formación, entre otros. Para conocer todos los cursos cortos disponibles ingrese a la página web sena.

  • blackboard;
  • com y pulse la opción Cursos Cortos, seleccione el conocimiento de su interés y allí podrá descargar un pdf;
  • con información clara del contenido de la formación, las habilidades que desarrolla y los requisitos de ingreso;

Cuando tenga claro qué curso desea tomar, ingrese a www. senasofiaplus. edu. co busque el curso con una palabra clave, regístrese e inscríbase. Le llegará un correo confirmando la inscripción y cuando se complete el número mínimo de personas inscritas en el curso, se iniciará la formación.

Esta modalidad se trata de formación 100% virtual, a través de una plataforma tecnológica fácil de usar conocida como blackboard, que permite acceso a contenido interactivo, videos en HD, herramientas didácticas para aprender y foros, donde los aprendices tienen contacto directo con el aprendizaje y el instructor que guía el proceso.

Karen Camacho/GM.

¿Cuáles son los cursos virtuales del Sena 2022?

¿Cuánto se demora en empezar un curso virtual en el Sena?

Tutorial ingreso a curso virtual del SENA por Sofia Plus

*Plazo: 5 Días.

¿Qué cursos hay en el sena gratis 2022?

Inglés, gastronomía, programación, diseño, marroquinería, industria automotriz, pedagogía, mercadeo y gestión documental, son apenas algunas de las áreas en las que el Servicio Nacional de Aprendizaje ofrece los mencionados cursos cortos, sobre los que aquí te orientamos para que puedas tomarlos y certificarte.

¿Cuánto le pagan a los estudiantes del SENA?

El Servicio Nacional de Aprendizaje, a través del apoyo al sostenimiento FIC SENA ofrece un subsidio económico condicionado para el sostenimiento educativo de los estudiantes, este auxilio educativo tiene un valor de 368. 858 pesos, el cual se entrega en pagos mensuales.

¿Qué pasa si se pierde un curso virtual en el SENA?

¿Impone sanciones SENA por estos retiros? – Muchas personas se preocupan también por si van a ser sancionadas por el SENA cuando llevan a cabo uno de estos retiros. En el caso de que estés haciendo un retiro voluntario de un curso virtual, tendrás seis meses para matricularte en otro curso y, si no lo haces, la sanción de retiro será de un año.

¿Qué pasa si se pierde una materia en el SENA?

CAPITULO CUARTO NORMAS REGULADORAS DEL COMPORTAMIENTO Y DE LA ASISTENCIA El conjunto de normas, procedimientos e instancias que regulan el comportamiento y asistencia de los alumnos del SENA, buscan garantizar el respeto por los valores, el orden y el debido proceso formativo.

  1. Artículo 20: De las Faltas Se considera falta, el incumplimiento de cualquiera de los deberes y la realización de cualquiera de las prohibiciones establecidas en el presente Reglamento;
  2. Se clasifican en Académicas y Disciplinarias;

Falta Académica  es aquella que está directamente relacionada con su compromiso en la apropiación y creación de conocimientos, desarrollo de habilidades y competencias y que se manifiesta en el  incumplimiento a los deberes académicos que le corresponden como participante de un programa de formación profesional.

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La falta académica tiene medidas formativas legalmente establecidas, sin perjuicio de la dignidad del alumno y apropiadas para su formación. La aplicación de las medidas formativas a que haya lugar compete, en primera instancia, al docente o coordinador académico dentro de una concepción pedagógica de mejoramiento.

Falta disciplinaria es aquella que está directamente relacionada con factores comportamentales y que por su naturaleza puede ser leve o grave. Falta leve  es aquella que no atenta contra la integridad física, moral y buenas costumbres de las personas. Falta grave  es aquella que atenta contra la integridad física, el debido respeto, la honradez, la moral y el buen nombre y costumbres de las personas que conforman la comunidad Educativa; así mismo infringir las prohibiciones contempladas en el Artículo 19 del presente Reglamento.

  • También constituirá falta grave la omisión  reiterada de las medidas formativas recomendadas para las faltas leves o la reincidencia en estas;
  • Los docentes informarán al Comité de Evaluación y Seguimiento, instancia responsable del análisis y evaluación sobre cada caso de infracción, las faltas que ameriten ser estudiadas;

Este recomendará, en forma escrita, al jefe de Centro o Área de Desarrollo Empresarial las medidas formativas. De igual forma, los miembros de la Comunidad Educativa deben comunicar cualquier falta de los alumnos para el análisis correspondiente. Artículo 21:  De las Medidas Formativas por Faltas Leves Al docente y Coordinador Académico les corresponde, en primera instancia, aplicar acciones formativas para las faltas leves que pueden ser:

  1. Llamado de atención verbal, en privado.
  1. Llamado de atención por escrito.
  1. Establecimiento de un compromiso firmado por el alumno, En él se consigna el apoyo del docente y de la Comunidad Educativa par el logro del mismo.

Estas acciones formativas no implican que se deban realizar en estricto orden, ni agotar todas las relacionadas. Queda a criterio del docente utilizar una de ellas, según lo amerite la falta, o darle trámite par el análisis y orientación de la Trabajadora Social o al Comité de Evaluación y Seguimiento. Parágrafo: Incumplir el “compromiso firmado” por parte del alumno, constituye falta grave y conlleva las sanciones pertinentes. Artículo 22:  De las Medidas Formativas por Faltas Graves Al Comité de Evaluación y Seguimiento, le corresponde analizar las circunstancias bajo las cuales se sucedieron los hechos considerados como graves y recomendar al jefe de Centro o Área de Desarrollo Empresarial la acción correspondiente, que puede ser:

  1. Concertación e implementación de un plan específico de mejoramiento. En él se consigna además el apoyo de los docentes y de la Comunidad Educativa para el  logro del plan de mejoramiento.
  1. Condicionamiento de la matrícula, comunicada por escrito al alumno.
  1. Cancelación de matrícula, mediante comunicación escrita firmada por el jefe respectivo.

Parágrafo:

  1. El Jefe de Centro o Área de Desarrollo Empresarial toma la decisión disciplinaria correspondiente e informa mediante comunicación escrita certificada, al alumno, al Coordinador Académico, al responsable de Registro y Certificación, y la ente patrocinador o administrador de apoyos de sostenimiento.
  1. El Comité de Evaluación y Seguimiento podrá identificar otro tipo de faltas de ocurrencia exclusiva en el Centro u otro lugar de formación y, en consenso con sus integrantes, recomendar las medidas formativas.

Artículo 23: Del Derecho de Aclaración Por estar dentro del ámbito de un derecho fundamental, antes de optarse por cualquiera determinación al respecto, el alumno debe ser escuchado y atendido en sus aclaraciones frente al hecho imputado. Parágrafo:

  1. El alumno sancionado por falta grave perderá las distinciones consideradas en el Artículo 18 del presente Reglamento para Alumnos.
  1. Las medidas formativas que establezca el jefe de Centro o del Área de Desarrollo Empresarial, son de obligatoria ejecución, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que se pueda originar.
  1. La cancelación de la matrícula conlleva la pérdida de la calidad de alumno SENA y por tanto el contrato de aprendizaje, apoyos de sostenimiento y becas.

Artículo 24: De los Actos Académicos Dado que las actividades propias del funcionamiento de los centros de Formación Profesional y Áreas de Desarrollo Empresarial, sólo requieren de comunicación escrita por parte del jefe. Esta debe darse a conocer al alumno y para ello la formalidad consiste en dejar constancia escrita, firmada tanto por quien la comunica como por el afectado, para afectados probatorios posteriores. Artículo 25: De la Estructura y Funciones del Comité de Evaluación y Seguimiento Existirá y funcionará en todos los Centros de Formación Profesional del SENA el Comité de Evaluación y Seguimiento, ente de carácter consultivo y asesor para el jefe de Centro.

  1. Estará constituido por el coordinador académico, por los docentes que orientan los respectivos programas de formación, el promotor de mercadeo y servicios, el psicólogo, el capellán, el trabajador social, coordinador de internado y los representantes de los alumnos;

Sus funciones centrales son:  analizar el rendimiento académico y el comportamiento de los alumnos con miras a recomendar las medidas formativas a que hubiere lugar; sugerir las formas más adecuadas de estímulo y reconocimiento par alumnos con desempeño excelente; presentar propuestas conducentes al mejoramiento del bienestar de la Comunidad Educativa del Centro o del Área de Desarrollo Empresarial. Los alumnos se ceñirán a las siguientes disposiciones:

  1. En la etapa de fundamentación teórico-práctica, el alumno cumplirá el horario establecido por el Centro o Área de Desarrollo Empresarial.

En los períodos en que se suspenden las actividades de formación profesional en el SENA, el alumno se presentará inmediatamente a la empresa, entidad u organización patrocinadora, para desempeñar las funciones que ésta le asigne de acuerdo con su especialidad, cumpliendo la jornada laboral establecida por la empresa. La no presentación ante le patrocinador, le acarreará las sanciones previstas por el Reglamento de Trabajo de la Empresa y el Código Sustantivo del Trabajó. De igual forma, si el patrocinador suspende las actividades laborales, por circunstancias particulares, el alumno debe hacer su presentación inmediata en el Centro o Área de Desarrollo Empresarial, donde está adelantando su formación.

  1. Para los alumnos en cursos de formación de nuevo recurso humano:
  • La inasistencia justificar, equivalente al 10% o más del total de la duración  del bloque modular, conlleva a la pérdida del mismo.
  • La inasistencia justificar, equivalente al l15% o más  del total de la duración del bloque modular, será motivo de análisis por el Comité de Evaluación y seguimiento para la sugerencia de las medidas pertinentes.
  • La ausencia sin justificar por tres (3) días consecutivos al Centro de Formación o a la entidad patrocinadora, se considerará abandono del programa de formación y del puesto de trabajo, con la consecuente cancelación de la matrícula y pérdida de los derechos adquiridos.
  1. Para los alumnos en cursos de formación de nuevo recurso humano y actualización:
  • Si tienen motivos justificados para retardarse o ausentarse de una sesión de formación, deberán informar al docente respectivo. Si la ausencia cubre más de una sesión deben obtener, mediante petición escrita, el permiso del coordinador académico o quien haga sus veces.
  • Si se ausentan injustificadamente por un término menor de tres (3) días consecutivos, el Comité de Evaluación y Seguimiento analizará y propondrá la medida correspondiente al jefe de Centro o Área de Desarrollo Empresarial.
  1. Los alumnos en cursos de actualización, al faltas injustificadamente el10% o más del total de duración, pierden el curso respectivo.
  2. Cuando el SENA gestione patrocinio en una empresa y el alumno lo rechace  sin justa causa, la entidad no le gestionará otro nuevo.
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CAPITULO QUINTO ETAPA PRÁCTICA EN LA EMPRESA La teoría y la práctica son dos dimensiones esencialmente articuladas en todo el proceso de formación profesional integral; por lo tanto, la etapa práctica es un componente indisoluble del proceso formativo y tiene como objetivo la ampliación y construcción de los conocimientos, el mayor desarrollo de las habilidades y destrezas adquiridas en la etapa lectiva, la interrelación con trabajadores y la reafirmación de principios y valores. La formación teórico-práctica, se regula por el contrato de aprendizaje-establecido mediante la ley 188 de 1959 y normas complementarias- definido como la prestación de servicios que un empleado hace a un empleador a cambio de que éste le proporciones los medios para adquirir formación profesional metódica y completa del arte u oficio para cuyo desempeño ha sido contratado, por un tiempo determinado, y le pague el salario convenido.

Parágrafo:  Las Áreas de Desarrollo Empresarial, también tendrán un Comité de Evaluación y Seguimiento integrado por el Coordinador y un docente por Programa. Artículo 26. De la Asistencia a las Acciones de Formación Es un deber de todo alumno la asistencia a las diferentes sesiones de formación, en los diversos ambientes educativos, para culminar con éxito el proceso de formación profesional integral.

Este contrato fue ampliado para los técnicos mediante el Acuerdo No 36 de 1987 y entendió la posibilidad de configurar contrato especial de aprendizaje, que comprende igualmente un periodo lectivo y uno productivo. Parágrafo Para los tecnólogos no existe norma que obligue a las  empresas a ejecutar contratos equivalentes a los de aprendizaje y se debe buscar la cooperación de gremios, grupos empresariales y grandes empresas para el desarrollo de la  práctica respectiva.

Artículo 27: De las Disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo Durante la etapa práctica en la empresa el trabajador-alumno se ciñe a las disposiciones del código Sustantivo del Trabajo y del Reglamento Interno de la empresa o entidad patrocinadora por lo tanto, uno de los primeros deberes al ingresar a la empresa es conocer dichas disposiciones.

Artículo 28: De la Asistencia a Reuniones de Seguimiento Durante la etapa práctica es obligatoria la asistencia del alumno a las reuniones que programe el Centro de Formación o Área de Desarrollo Empresarial de Acuerdo con lo establecido en el contrato de Aprendizaje.

La no asistencia a estas reuniones debe justificarse mediante excusa comprobable. Artículo 29: De la Evaluación en la Etapa Práctica en la Empresa La evaluación en esta etapa se define como la acción que permite contrastar el desempeño del alumno en la empresa con el programa de formación enviado por el SENA.

Esta evaluación la efectúa directamente el empleador bajo su responsabilidad de manera concertada con el alumno. En las empresas donde se desarrolle formación, el equipo docente de la empresa será el responsable de esta evaluación. Parágrafo:  La pérdida de la etapa productiva, verificada por el  SENA, ocasionará la cancelación del registro de formación y por lo tanto el alumno no será certificado.

  • Artículo 30: De las Determinaciones Unilaterales El alumno debe abstenerse de tomar determinaciones unilaterales, concernientes a su contrato de aprendizaje si el visto bueno del empleador y del jefe del área de Formación;

Incurrir en una determinación de tal naturaleza considerará falta grave. Articulo 31: Del Cambio de Empresa Patrocinadora Es causal de cambio de entidad patrocinadora, cuando el SENA comprueba que el alumno no està ejerciendo la pràctica pertienente que le garantiza completar el ciclo de su formación en forma efectiva.

En caso contrario el SENA no autorizará el cambio de empresa. Parágrafo: es también causal de cambio de patrocinador la terminación del contrato de Aprendizaje por parte de la Empresa, sin justa causa y comprobada por el SENA.

Articulo 32: De la Terminación del Contrato de Aprendizaje. La terminación unilateral del Contrato de Aprendizaje con justa causa por parte del empleador, será motivo para la cancelación de la matricula en el SENA, previo análisis y concepto del Comité de evaluación y Seguimiento.

  1. CAPITULO SEXTO DE LA REPRESENTACION DE LOS ALUMNOS El alumno es el eje del proceso formativo y como tal debe participar activamente en su formación profesional integral, favoreciendo así el desarrollo de la personalidad, de los criterios, de la solidaridad, de la critica constructiva, de las responsabilidades, del trabajo en grupo, además de la toma de decisiones para la solución de conflictos y problemas;
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Articulo 33 : De la Participación En todos los centros de Formación se debe asegurar y garantizar el continuo ejercicio de la participación de los alumnos cualquiera que sea su programa de formación. El desarrollo de los hábitos de participación social y política en los alumnos como ciudadanos, debe encaminarse hacia la paz – articulo 22 de la Constitución Nacional – , los valores y hacia las actitudes de convivencia a nivel interno y expandidas hacia el entorno. Al inicio de cada vigencia y dentro de los 30 primeros días del Calendario de labores de los Centros:

  • Los alumnos matriculados en programas de formación de nuevo recursos humano, elegirán democráticamente un solo vocero por ocupación mediante asambleas integradas por alumnos de la misma.
  • De entre los voceros se elegirán los tres (3) únicos representantes de toda la Comunidad Estudiantil para el Periodo lectivo anual. En la votación popular y en urnas, participaran todos los alumnos del Centro.

Los voceros y representantes de los alumnos lo son de sus derechos y Deberes consignados en el Capitulo Tercero del presente Reglamento, protegiendo la aplicación de los primeros y facilitando el cumplimiento de los segundos, tanto de los trabajadores calificados, técnicos y tecnólogos como de los alumnos en cursos de actualización, con el fin de cualificar el ambiente educativo. Parágrafo:

  1. Los recursos necesarios para la elección de los voceros y representantes, básicamente son:
  1.  
    • Tarjetones, urnas y planillas para la organización de la campaña electoral.
    • Canchas deportivas, aulas o salón múltiple
    • Implementos existentes en el centro necesarios para las diferentes formas de deliberación: VHS, cartelera, proyector, etc.
  2. Las orientaciones al desarrollo del proceso de elección de los voceros y el apoyo a su ejecución estarán a cargo de los docentes Jefes de Grupo; y el proceso de elección de los representantes será coordinador por los funcionarios encargados del bienestar al alumnado en el Centro ( Trabajadora Social, Capellán, Psicólogo)

·        El Jurado será elegido entre los mismos alumnos de los diferentes programas de formación y debe colaborar con el sufragio y verificación del escrutinio. Articulo 35: Del perfil de los voceros y de los representantes Los aspirantes a ser elegidos voceros de los alumnos por cada ocupación, deben: ·        Haber cursado como mínimo el 30 % del programa de formación ·        Tener excelente comportamiento y rendimiento académico. Los aspirantes a ser elegidos representantes de toda la Comunidad Estudiantil, deben:

  • Haber cursado como mínimo el 40% del programa de formación.
  • Tener excelente comportamiento y rendimiento académico.
  • Tener cualidades de líder, para que presenten iniciativas innovadoras para el buen desarrollo de la vida estudiantil.

Articulo 36: De las Funciones de los Voceros y de los Representantes. Funciones de los voceros en cada Centro de Formación:

  • Darse su organización
  • Promover en Coordinación con los representantes el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes consagrados en la Constitución Nacional y los establecidos en el presente Reglamento.
  • Asesorar a los representantes elegidos en el cumplimiento de sus funciones.
  • Conformar Comisiones de Trabajo – en las que participan los alumnos según expectativas – y presentarlas ante los alumnos, docentes y directivos del Centro. Estas comisiones de Trabajo tendrán su programa y funciones especificas y podrán ser:

–          Apoyo al proceso pedagógico –          Sensibilización para la conservación y mejoramiento del ambiente. –          Participación y educación ciudadana. –          Servicios especiales para atender necesidades básicas ( cafetería, transporte, internado, servicio médico y odontológico, ornamentación y aseo del Centro. –          Fomento de la creatividad y talento artístico –          Fomento de la integración y la confraternidad –          Las demás que se identifiquen según características locales. Funciones de los representantes en cada Centro de Formación:

  • Darse su organización
  • Promover en Coordinación con los voceros la aplicación de los derechos y deberes.
  • Facilitar la resolución de diferencias o conflictos que llegasen a surgir entre la comunidad estudiantil.
  • Velar por el cumplimiento del reglamento para Alumnos del SENA, en todas sus partes.
  • Ser canales de comunicación entre los diferentes estamentos: alumnos – docentes – directivos promoviendo relaciones cordiales para el buen funcionamiento del Centro.

Participar en el Comité de Evaluación y Seguimiento con voz y voto, y en aquellos que se creen o fortalezcan para el mejoramiento de los procesos académicos y de bienestar al alumnado. Participar en el Comité de Formación Integral – que debe funcionar en cada Centro en la toma de decisiones referentes a la (s): –          Creación y fomento de actitudes de colaboración entre la Comunidad Educativa –          Estrategias pedagógicas innovadoras –          Desarrollo humano de los alumnos –          Ambientes educativos propicios para el proceso de formación profesional –          Participación de la totalidad de los alumnos en las Comisiones de Trabajo.

  • Apoyo a los voceros en sus Comisiones de Trabajo.
  • Las demás que le sean complementarias o afines y que contribuyan al progreso del Centro de Formación y mejoramiento continuo de la Calidad de formación que allí se ofrece.

CAPITULO SEPTIMO ACTUALIZACION DE REGLAMENTO Articulo 37 : La Dirección de Formación Profesional – División de Aprendizaje y Reconocimiento complementará y actualizará el Reglamento para Alumnos del SENA. Modificando total o parcialmente la Resolución que lo adoptó.

¿Cuánto tiempo se demora en comenzar un curso virtual en el SENA?

*Plazo: 5 Días.

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